Ayudas y subvenciones en caso de determinados siniestros o cat?strofes

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Ayudas y subvenciones en caso de determinados siniestros o cat?strofes

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Las lluvias torrenciales, la nieve o el desbordamiento de un r?o pueden destrozar casas o negocios. Y un incendio forestal descontrolado es posible que arrase propiedades enteras. Todas son situaciones que hacen caer en la desesperaci?n. Pero hay que saber que existen ayudas para amortiguar su efecto. Todos los da?os que causen estos riesgos extraordinarios los compensa el Consorcio de Compensaci?n de Seguros. Adem?s, el Estado tambi?n tiene ayudas para hacer frente a una situaci?n de emergencia o cat?strofe. Tras una cat?strofe, cualquier afectado puede beneficiarse de las ayudas del Consorcio de Compensaci?n de Seguros, pero "siempre que tenga suscrita una p?liza de da?os en los bienes, de vida o de accidentes, y que est? en vigor". Este consorcio cubre de manera autom?tica los da?os por inundaciones extraordinarias, terremotos, maremotos, erupciones volc?nicas, tempestad cicl?nica at?pica y ca?da de cuerpos siderales y aerolitos. Pero para cubrir los da?os que haya originado la erupci?n de un volc?n, un terremoto, maremoto o aerolitos, es preciso tener antes un certificado que expide el Instituto Geogr?fico Nacional. Existen indemnizaciones que cubren los da?os a la vivienda y enseres dom?sticos y otras que ayudan a mitigar los da?os personales (fallecimiento, invalidez o incapacidad temporal). Para solicitarlas, "puede hacerlo el propio asegurado o bien delegar en la entidad aseguradora con la que tenga contratada la p?liza". Y para recibirlas, no hay m?s que dar un n?mero de cuenta, pues el Consorcio abona las indemnizaciones directamente a los beneficiarios mediante una transferencia bancaria. Cuando se trate de una indemnizaci?n por da?os materiales, puede solicitarse por v?a telef?nica, online en el sitio web del Consorcio o por correo, enviando una hoja de comunicaci?n de da?os a la Delegaci?n Regional del Consorcio de la zona donde se haya producido la cat?strofe. En todo caso la petici?n ser? atendida, pero conviene saber que por escrito la tramitaci?n puede ser m?s lenta. Si se trata de solicitar ayudas por da?os personales, tambi?n se puede hacer por tel?fono, v?a Internet ([email protected]) o por correo postal al Departamento de Siniestros del Consorcio de Compensaci?n de Seguros, situado en el paseo de la Castellana, n?mero 32, de Madrid. Cuando hay una situaci?n de "emergencia o naturaleza catastr?fica" que causa da?os, los damnificados pueden solicitar subvenciones, pues as? est? dispuesto en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo. Las ayudas, tanto para paliar da?os personales como reparar los materiales, se conceden en atenci?n a la renta del damnificado y se abonan con cargo a los cr?ditos de la Direcci?n General de Protecci?n Civil y Emergencias. Las ayudas destinadas a paliar los da?os personales derivados de una cat?strofe son de diverso tipo y cuant?a. En caso de fallecimiento, son beneficiarios el c?nyuge, los hijos menores y los mayores de edad, si depend?an econ?micamente del finado (si vive a expensas del difunto y no percibe ingresos superiores al 150% del IPREM). Las ayudas del Estado por da?os materiales afectan a la vivienda y los enseres. Por supuesto, los da?os deben tener su causa directa en el desastre y se debe acreditar la causalidad. Para pedir las ayudas por da?os materiales hay que cumplimentar una la solicitud y entregar la documentaci?n que demuestre que la vivienda es propia. Adem?s, hay que mostrar los documentos relativos a los da?os y los datos fiscales que requieran o bien autorizar a los organismos competentes para que los revisen. Adem?s de poder obtener ayudas cuando se sufre un siniestro de este tipo, la Agencia Tributaria aplica beneficios a las v?ctimas de las cat?strofes. As?, las ayudas que se otorgan por da?os personales no hay que declararlas a Hacienda: est?n exentas en el impuesto de la renta de las personas f?sicas (IRPF). En ocasiones, no solo las personas o la vivienda resultan da?adas, sino que tambi?n quedan afectado el local donde se trabaja. En este caso, si es preciso el cierre temporal, se reduce el impuesto sobre actividades econ?micas de manera proporcional al tiempo de paralizaci?n de la actividad. El libro incorpora de forma ?ntegra y actualiza las normas sobre Ayudas y subvenciones en caso de determinados siniestros o cat?strofes. Tambi?n incorpora la ley general de sanidad y subvenciones.画面が切り替わりますので、しばらくお待ち下さい。
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