La Administraci?n Local, para realizar las funciones encomendadas, necesita un conjunto de personas vinculadas a ella por cualquiera de los medios reconocidos por la legislaci?n. Seg?n el art. 89 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de R?gimen Local, el personal al servicio de las Entidades Locales estar? integrado por funcionarios de carrera, contratados en r?gimen de derecho laboral, y personal eventual que desempe?e puestos de confianza o asesoramiento especial.画面が切り替わりますので、しばらくお待ち下さい。 ※ご購入は、楽天kobo商品ページからお願いします。 ※切り替わらない場合は、こちら をクリックして下さい。 ※このページからは注文できません。